El Ministerio de Industria y Turismo (MINTUR) ha oficializado una medida esperada por el sector: la ampliación de los plazos de ejecución y justificación para los proyectos de eficiencia energética en empresas turísticas. Esta prórroga, vinculada a los fondos NextGenerationEU, representa una ventana de oportunidad crítica para que hoteles, alojamientos y servicios turísticos completen su transición hacia un modelo de huella de carbono cero.

Una prórroga estratégica para la sostenibilidad turística

La modificación del Real Decreto que regula estas subvenciones responde a la necesidad de ajustar los tiempos administrativos a la realidad técnica de las obras de rehabilitación energética. Gracias al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el Gobierno busca garantizar que ninguna inversión se pierda por falta de tiempo operativo.

Novedades clave de la convocatoria:

  • Extensión del plazo de ejecución: Mayor margen para finalizar instalaciones de aerotermia, envolvente térmica o sistemas de control inteligente.
  • Periodo de justificación extendido: Facilidades para presentar la documentación técnica y financiera ante las Comunidades Autónomas (CCAA).
  • Foco en la Energía Primaria No Renovable: El objetivo sigue siendo reducir al menos un 30% el consumo energético certificado.

Cuantía de las ayudas: ¿Cuál es la inversión y el ahorro?

El presupuesto total, que supera los 170 millones de euros, se distribuye territorialmente para cubrir una parte sustancial de los costes elegibles. Aquí desglosamos las cifras que debe manejar cualquier PYME turística:

  1. Intensidad de la subvención: Dependiendo de la tipología del proyecto y la región, la ayuda puede cubrir entre el 40% y el 70% del presupuesto total. En casos específicos de alta eficiencia, la intensidad puede ser superior.
  2. Límites económicos (Régimen de mínimos): Las empresas pueden recibir hasta 300.000 euros de ayuda pública en un periodo de tres ejercicios fiscales.
  3. Inversión Mínima: Generalmente, se requiere un proyecto base de unos 25.000 euros para asegurar que la actuación tenga un impacto real en el ahorro operativo y la sostenibilidad del edificio.

Actuaciones subvencionables 

Para que un proyecto sea aprobado, debe incidir en uno de estos tres pilares de la transición verde:

  • Mejora de la Envolvente Térmica: Aislamiento de fachadas y cubiertas para reducir la demanda de climatización.
  • Uso de Energías Renovables: Sustitución de calderas de gasoil o gas por biomasa, energía solar térmica o bombas de calor de alta eficiencia.
  • Sistemas de Iluminación: Migración total a tecnología LED y sensores de presencia.

Preguntas Frecuentes FAQ 

  1. ¿Quién puede solicitar estas ayudas de eficiencia energética? Cualquier persona física o jurídica explotadora de un alojamiento turístico (hoteles, campings, apartamentos, etc.) inscrito en el registro oficial de su Comunidad Autónoma.
  2. ¿Qué requisitos técnicos son indispensables? Es obligatorio presentar un Certificado de Eficiencia Energética previo y posterior a la obra que demuestre una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable.
  3. ¿Cómo influye el régimen de minimis en estas ayudas? Al estar sujetas al régimen de minimis, la suma total de ayudas estatales recibidas por la empresa no debe superar los 300.000€ en los últimos tres años para evitar distorsiones en la competencia.
  4. ¿Dónde se tramita la solicitud? Aunque la normativa es estatal, la gestión y recepción de solicitudes se realiza a través de las sedes electrónicas de las Comunidades Autónomas.

Fuentes y Enlaces Oficiales

Para consultar el detalle técnico y las bases legales, puede acceder a los comunicados oficiales del Gobierno de España:

 

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