bono social luz 2026

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El bono social de la luz es un descuento en la factura eléctrica para familias vulnerables en España, regulado por el Real Decreto 897/2017. En 2026 ofrece un 42,5% de descuento para consumidores vulnerables y un 57,5% para vulnerables severos, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 (RDL 7/2026). Para solicitarlo es necesario estar en la tarifa PVPC, ser titular del suministro de la vivienda habitual y acreditar una renta inferior a los umbrales del IPREM 2026 (8.400 €/año). La renovación es automática para quienes ya lo tienen.

La factura de la electricidad sigue siendo uno de los gastos más pesados para muchos hogares españoles. El bono social eléctrico es la principal herramienta del Gobierno para aliviar esa carga en las familias con menos recursos: un descuento directo sobre la tarifa regulada que puede suponer un ahorro de entre 25 y 40 euros al mes en una factura media de 70 euros.

En 2026, la ayuda llega con cambios de peso: primero se redujeron los descuentos en febrero, luego se recuperaron en marzo, se ha presentado una nueva estrategia nacional contra la pobreza energética que afecta a las familias numerosas, y se ha confirmado que los beneficiarios actuales no tendrán que renovar el bono a mano. Te lo contamos todo a continuación.

¿Qué es el bono social de la luz?

El bono social eléctrico es un descuento regulado por el Gobierno que se aplica directamente en la factura de la luz, establecido por el Real Decreto 897/2017 y gestionado por el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO). Las eléctricas no lo pagan de su bolsillo: su coste se reparte proporcionalmente entre todas las comercializadoras según su cuota de clientes, y estas lo trasladan a las facturas de todos los consumidores bajo el concepto «Financiación Bono Social» (en 2025, equivalía a unos 0,01 euros al día por hogar, según datos de la CNMC).

La ayuda solo está disponible en la tarifa PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), la tarifa regulada del mercado eléctrico. Si tienes contrato en el mercado libre, no puedes acceder a ella hasta que cambies a una comercializadora de referencia (COR).

Glosario: términos clave del bono social eléctrico

Antes de entrar en los detalles, conviene entender la terminología oficial que usan tanto las comercializadoras como la normativa:

Término Definición
PVPC Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor. Tarifa regulada de la luz, la única compatible con el bono social. Su precio varía cada hora según el mercado mayorista.
COR Comercializadora de Referencia. Empresa autorizada por el Gobierno para vender electricidad a tarifa PVPC y tramitar el bono social. Consulta el listado oficial de COR en la sede de la CNMC.
CUPS Código Único de Punto de Suministro. Identificador de 20-22 caracteres que figura en tu factura eléctrica. El bono social queda vinculado a este código, por lo que no se traslada automáticamente si cambias de domicilio.
IPREM Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Índice oficial del Estado sobre el que se calculan los umbrales de renta para acceder al bono. En 2026 es de 8.400 €/año en 14 pagas, según el BOE.
Vulnerable severo Perfil con renta bruta inferior al 50% del umbral de consumidor vulnerable. Recibe el mayor descuento: 57,5% en 2026 (nivel excepcional) o 50% en nivel base permanente.
Suministro Esencial Protección legal que impide el corte del suministro eléctrico a hogares con menores de 16 años, personas con discapacidad o en situación de dependencia, independientemente del bono social.
IMV Ingreso Mínimo Vital. Prestación de la Seguridad Social para hogares en situación de vulnerabilidad económica. Sus beneficiarios tienen acceso directo al bono social sin acreditar renta (salvo en País Vasco, Navarra y Cataluña).

¿Quién puede solicitarlo? Requisitos básicos

El acceso al bono social se basa en condiciones administrativas y económicas concretas. Puedes consultar los requisitos oficiales en la web de MITECO. Para poder pedirlo debes cumplir todos estos criterios:

  • Ser persona física y titular del contrato de suministro eléctrico de tu vivienda habitual (quedan fuera las segundas residencias, garajes y locales comerciales).
  • Estar acogido a la tarifa PVPC con una comercializadora de referencia (COR).
  • Tener contratada una potencia igual o inferior a 10 kW, límite que cubre la gran mayoría de hogares domésticos en España (Real Decreto 897/2017, art. 3).
  • Cumplir alguno de los criterios económicos o de situación familiar que se detallan más abajo.

Los tres niveles de vulnerabilidad y sus descuentos

No todos los beneficiarios reciben el mismo descuento. La normativa establece tres categorías según la situación económica y social del hogar. Puedes consultar los detalles en las preguntas frecuentes oficiales de MITECO:

Perfil Descuento base (permanente) Descuento excepcional 2026 ¿Se puede cortar el suministro?
Consumidor vulnerable 35% 42,5% No (prohibido hasta dic. 2026)
Consumidor vulnerable severo 50% 57,5% No (prohibido hasta dic. 2026)
Riesgo de exclusión social 100% 100% No, en ningún caso

Los descuentos excepcionales del 42,5% y el 57,5% están en vigor hasta el 31 de diciembre de 2026, tras la aprobación del Real Decreto-ley 7/2026 de marzo. A partir de 2027, si no hay nueva prórroga, volverán a los porcentajes base del 35% y el 50%.

El descuento se aplica tanto al término de potencia contratada como al término de energía consumida, aunque este último tiene un tope de consumo anual (kWh). La electricidad consumida por encima de ese límite se factura al precio del PVPC sin descuento.

¿Cuánto dinero puedo ganar para acceder al bono?

La elegibilidad económica se mide en función del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en 2026 se fija en 8.400 euros anuales en 14 pagas, según el BOE. El umbral concreto varía según la composición del hogar:

Composición del hogar Renta máxima — vulnerable Renta máxima — vulnerable severo
Persona sola 12.600 € (× 1,5 IPREM) 8.400 €
Pareja (2 adultos) 15.120 € (× 1,8 IPREM) ~7.560 €
Pareja + 1 menor 19.320 € (× 2,3 IPREM) ~9.660 €
Pareja + 2 menores 23.520 € (× 2,8 IPREM) ~11.760 €
Familia numerosa (≥ 3 menores) Acceso directo* Acceso directo*

*La condición de familia numerosa como vía de acceso directo está en proceso de reforma (ver sección de novedades).

La renta que se tiene en cuenta es siempre la renta bruta conjunta de toda la unidad de convivencia, según los datos de la Agencia Tributaria. Para ser considerado vulnerable severo, la renta debe ser igual o inferior al 50% de los umbrales anteriores.

Colectivos con acceso directo: sin necesidad de acreditar renta

Algunos grupos tienen reconocido el derecho al bono social por su situación particular, sin tener que demostrar sus ingresos. Puedes ver el detalle completo en la página de requisitos de MITECO:

Colectivo ¿Requiere acreditar renta? Descuento Estado en 2026
Pensionistas con pensión mínima (jubilación o incapacidad permanente) y sin otros ingresos superiores a 500 €/año No 42,5% Sin cambios
Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital No (salvo en País Vasco, Navarra y Cataluña) 42,5% Sin cambios
Personas con electrodependencia (certificado médico) No 42,5% Sin cambios
Familias numerosas (título vigente) Próximamente sí 42,5% En reforma

Bono social vs. mercado libre: ¿merece la pena cambiarse?

Una de las preguntas más frecuentes es si compensa abandonar el mercado libre para acceder al bono social. Esta tabla resume las diferencias clave:

Concepto Tarifa PVPC + bono social Mercado libre
Descuento aplicado Hasta 57,5% Ninguno
Precio de la energía Variable (pool horario) Fijo o variable según contrato
Protección ante cortes por impago Sí (hasta dic. 2026) No
Penalización por cambio de compañía No Posible según contrato
Compatible con autoconsumo solar
Ahorro estimado mensual (factura 70 €) 25 – 40 € 0 €
Acceso al bono social térmico Sí (automático) No

Para los hogares que cumplen los requisitos de vulnerabilidad, el cambio a PVPC para acceder al bono social es prácticamente siempre beneficioso: el descuento compensa con creces cualquier diferencia en el precio de la energía.

Principales cambios y novedades en 2026

Este ha sido el año con más movimiento normativo del bono social que se recuerda. Puedes consultar la normativa completa en MITECO. Los hitos principales:

Cuándo Norma Qué cambia Impacto
Diciembre 2025 RDL 16/2025 Prorroga los descuentos reforzados y la prohibición de cortes de suministro hasta diciembre de 2026 ✅ Positivo
Febrero 2026 RDL 2/2026 (derogado) Reducía los descuentos al nivel base (35% / 50%). Fue derogado por el Congreso ❌ Negativo
Marzo 2026 RDL 7/2026 Restablece los descuentos reforzados (42,5% / 57,5%) como nuevo escudo social ✅ Positivo
2026 (en curso) Estrategia Nacional Pobreza Energética 2026-2030 Las familias numerosas deberán acreditar ingresos. Afecta a ~284.935 hogares que no justificaban renta ⚠️ Mixto
Todo 2026 Renovación automática Las comercializadoras deben renovar el bono sin que el usuario lo solicite si sigue cumpliendo requisitos ✅ Mejora

El episodio del RDL 2/2026: cuando los descuentos bajaron y volvieron a subir

Lo más llamativo del año fue la breve pero importante reducción de los descuentos en febrero de 2026, tras la derogación del Real Decreto-ley 2/2026. Durante esas semanas, los beneficiarios vulnerables pasaron a recibir solo el 35% de descuento (en lugar del 42,5%), y los vulnerables severos el 50% (en lugar del 57,5%). La situación se corrigió en marzo con la aprobación del Real Decreto-ley 7/2026, que restableció los porcentajes reforzados y los extendió hasta finales de año.

El nuevo filtro de renta para familias numerosas

El Gobierno ha aprobado la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2026-2030, que introduce uno de los cambios más debatidos: cuando se modifique el Real Decreto 897/2017, las familias numerosas ya no tendrán acceso automático al bono solo por tener el carnet. Tendrán que acreditar sus ingresos.

La medida afecta especialmente a los cerca de 284.935 hogares que hasta ahora recibían el bono sin ningún criterio de renta. La Federación Española de Familias Numerosas se ha opuesto, argumentando que el 47% de estos hogares se encuentra en riesgo de pobreza o exclusión social. De momento, el cambio todavía requiere modificar el reglamento, así que no tiene efecto inmediato.

Cómo solicitar el bono social paso a paso

El trámite no es complicado, pero conviene tener la documentación en orden antes de empezar. Puedes ver la guía oficial en la página de solicitud de MITECO. ¿No sabes si te corresponde? La calculadora gratuita de Civio (en colaboración con la CNMC) te guía paso a paso.

Paso 1. Comprueba que estás en tarifa PVPC. Si tienes un contrato en el mercado libre, debes solicitar primero el cambio a una Comercializadora de Referencia (COR). Consulta el listado oficial de COR en la CNMC para saber cuál te corresponde.

Paso 2. Reúne la documentación. Según tu situación, necesitarás:

  • DNI o NIE del titular del contrato
  • Libro de familia o certificado de empadronamiento
  • Última declaración de la renta (o certificado de imputaciones de la AEAT si no estás obligado a declarar)
  • Certificado de pensión mínima, si aplica
  • Resolución del Ingreso Mínimo Vital, si aplica
  • Certificado de electrodependencia, si aplica
  • Título de familia numerosa, si aplica

En el País Vasco, Navarra y Cataluña puede ser necesario aportar documentación adicional acreditativa del IMV.

Paso 3. Envía la solicitud a tu comercializadora de referencia. Puedes hacerlo por correo electrónico, correo postal, teléfono o de forma presencial. Adjunta toda la documentación para evitar retrasos.

Paso 4. Espera la resolución. La comercializadora debe resolver en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que recibe la solicitud completa (Real Decreto 897/2017, art. 6). Si te la deniegan injustamente, puedes reclamar ante MITECO o ante la CNMC.

Paso 5. Duración y renovación. El bono social tiene una vigencia de dos años. A partir de 2026, las comercializadoras están obligadas a renovarlo automáticamente. Si cambias de vivienda tendrás que pedirlo de nuevo, ya que el bono está vinculado al código CUPS del punto de suministro.

Protección ante cortes de suministro

Una de las medidas más relevantes de 2026 es la prórroga de la prohibición de cortes de luz a los beneficiarios del bono social, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 (RDL 16/2025). El llamado Suministro Esencial protege también a los hogares con menores de 16 años, personas con discapacidad o en situación de dependencia frente a interrupciones del servicio por impago.

En los casos de riesgo de exclusión social, los servicios sociales asumen al menos el 50% de la factura, y el suministro no puede interrumpirse en ningún caso ante una imposibilidad temporal de pago. Puedes conocer más sobre los derechos del consumidor ante cortes en la web de MITECO.

Obligaciones del beneficiario: qué debes comunicar y cuándo

Tener el bono social implica algunas responsabilidades (Real Decreto 897/2017, art. 11):

Cambios en la unidad de convivencia. Nacimientos, fallecimientos, divorcios o cualquier modificación relevante deben comunicarse a la comercializadora en el plazo de un mes. Estos cambios afectan al multiplicador de ingresos y a los límites de consumo.

Cambio de vivienda. El bono no se traslada automáticamente. Debes solicitarlo de nuevo en el nuevo domicilio.

Cambio en la situación económica. Si dejas de cumplir los requisitos y no lo comunicas, la comercializadora puede refacturar los importes que te hayan descontado indebidamente. Por ejemplo, si accediste al bono por percibir una pensión mínima de jubilación y luego empiezas a recibir ingresos adicionales que superen los umbrales.

El bono social térmico: un complemento que muchos pasan por alto

Si tienes el bono eléctrico, puede que también tengas derecho al bono social térmico, una ayuda para afrontar los gastos de calefacción, agua caliente y cocina. Se concede automáticamente a quienes tenían el bono eléctrico a 31 de diciembre del año anterior. Lo gestionan las comunidades autónomas, que se encargan de comunicar a cada beneficiario el importe que le corresponde. Puedes informarte sobre el trámite oficial del bono social térmico en la sede electrónica de MITECO.

También puedes consultar los datos oficiales de beneficiarios del bono social por provincia y comunidad autónoma, actualizados mensualmente por MITECO.

Preguntas frecuentes sobre el bono social de la luz

¿Puedo pedir el bono si estoy en el mercado libre?

No. Es obligatorio estar en la tarifa PVPC con una comercializadora de referencia. El propio formulario de solicitud del bono implica la aceptación del cambio de tarifa si todavía no estás en PVPC. Consulta el listado de COR en la CNMC para localizar la tuya.

¿Cuánto me ahorro al mes con el bono social de la luz?

En una factura media de 70 euros mensuales, el ahorro oscila entre 25 y 40 euros al mes, dependiendo del nivel de vulnerabilidad. Con el descuento excepcional del 42,5% (vulnerable), el ahorro mensual ronda los 30 euros; con el 57,5% (vulnerable severo), puede superar los 40 euros.

¿Cuándo caduca el bono social?

El bono social tiene una vigencia de dos años desde su concesión. Desde 2026, la renovación es automática si sigues cumpliendo los requisitos: no es necesario volver a solicitarlo. La única excepción es si cambias de domicilio.

¿Qué pasa con el bono social si me cambio de piso?

El bono no se traslada automáticamente. Está vinculado al código CUPS del punto de suministro original. Si te mudas, debes solicitar el bono de nuevo en el nuevo domicilio, presentando la documentación actualizada a tu COR.

¿El bono social se aplica automáticamente o hay que pedirlo?

Si eres nuevo beneficiario, hay que solicitarlo expresamente a tu COR. Si ya lo tienes y sigues cumpliendo los requisitos, desde 2026 la renovación es automática: las comercializadoras están obligadas a renovarlo sin que tengas que hacer nada.

¿Qué es el bono social severo?

Es el nivel máximo de descuento del bono social. Se aplica a hogares cuya renta bruta conjunta es igual o inferior al 50% del umbral de consumidor vulnerable. En 2026, el descuento excepcional es del 57,5% (frente al 50% del nivel base permanente).

¿Qué pasa si consumo más de lo que cubre el bono?

El suministro no se corta. El exceso de energía consumida por encima del límite anual se factura al precio normal del PVPC, sin aplicar el descuento.

¿El bono cubre también el gas?

No directamente. El bono eléctrico cubre la factura de la luz. Para el gas existe el bono social térmico, gestionado por las comunidades autónomas. Más información en la sede electrónica de MITECO.

¿Qué ocurre si me deniegan el bono injustamente?

Puedes presentar una reclamación ante la Oficina de Atención al Consumidor de Energía (OACE) de MITECO o ante la CNMC. También puedes acudir a los servicios de consumo de tu comunidad autónoma.

¿El bono social es compatible con el autoconsumo solar?

Sí, el bono es compatible con el autoconsumo fotovoltaico. El descuento se aplica sobre la energía consumida de la red eléctrica, dentro de los límites de consumo anuales establecidos para cada nivel de vulnerabilidad.

En resumen

El bono social de la luz sigue siendo en 2026 una ayuda importante para casi dos millones de hogares en España. Los descuentos reforzados del 42,5% y el 57,5% se han prorrogado hasta final de año, la renovación ya es automática y la protección frente a cortes de suministro se mantiene. El asunto pendiente del año es la reforma para las familias numerosas, que deberán acreditar ingresos cuando se modifique el reglamento.

Si crees que podrías cumplir los requisitos, lo más práctico es usar la calculadora gratuita de Civio para comprobarlo en minutos, o consultar directamente la página oficial del bono social en MITECO. Al final, no solicitar el bono cuando tienes derecho a él es pagar más de lo necesario por la luz, así de sencillo.

Fuentes y normativa de referencia:
· Real Decreto 897/2017 (BOE) — Regula el consumidor vulnerable y el bono social
· Orden ETU/943/2017 (BOE) — Desarrolla el RD 897/2017; establece modelos de solicitud
· MITECO — Página oficial del bono social eléctrico
· MITECO — Normativa completa del bono social
· CNMC — Bono social eléctrico
· Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre · Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo
· Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2026-2030 (MITECO)
Información actualizada a mayo de 2026.

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